El de Consejo Profesional de Ciencias Económicas CABA, publicó en su sitio web cuales son las deducciones Personales aplicables al período fiscal 2013.
Impuesto a las Ganancias: Deducciones personales periodo fiscal 2013
En virtud de la reunión celebrada en el día de la fecha en el ámbito del Consultivo Impositivo de la AFIP, nuestro pone a disposición las deducciones personales a computar en el período fiscal 2013, que fueron informadas en dicha reunión.
1) Respecto de las remuneraciones brutas mensuales de Enero a agosto/2013: hasta $15.000.
Las retenciones sufridas en el periodo de enero a agosto de 2013, son definitivas y por lo tanto no estarán sujetas a devolución, siendo las deducciones a computar las siguientes:
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MNI |
15.120 |
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Cónyuge |
16.800 |
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Hijos |
8.400 |
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Otras cargas |
6.300 |
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Deducción especial 4° |
El monto total que surja como diferencia entre los ingresos totales del año y las deducciones por mínimo no imponible y cargas de familia que le corresponda |
2) Respecto de las remuneraciones brutas mensuales de Enero a agosto/2013: hasta $25.000.
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MNI |
16.156,80 |
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Cónyuge |
17.952,00 |
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Hijos |
8.976,00 |
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Otras cargas |
6.732,00 |
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Deducción especial 4° |
77.552,64 |
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Domésticos |
16.156,80 |
3) Región Patagónica
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MNI |
16.675,20 |
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Cónyuge |
18.528,00 |
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Hijos |
9.264,00 |
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Otras cargas |
6.948,00 |
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Deducción especial 4° |
80.040,96 |
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Domésticos |
16.675,20 |
4) Ingresos y sueldos superiores a $25.000 y resto de contribuyentes
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MNI |
15.120 |
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Cónyuge |
16.800 |
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Hijos |
8.400 |
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Otras cargas |
6.300 |
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Deducción especial 4° |
72.576 |
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Deducción especial |
15.120 |
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Domésticos |
15.120 |
fuente: www.consejo.org.ar


